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Bono al Trabajo de la Mujer

Inicia pago del Bono al Trabajo de la Mujer: Conoce los requisitos

​Según el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence), aquellas mujeres que presentaron su postulación en septiembre de 2023 podrán acceder a su primer pago este mes.

Agencia Uno



A medida que concluimos el primer mes del año, es fundamental destacar la continuidad de diversos beneficios estatales a los cuales distintos sectores de la sociedad aún pueden acceder. Entre estos, resalta el Bono al Trabajo de la Mujer (BTM), considerado uno de los más significativos, cuyos pagos correspondientes al mes de enero comenzarán a efectuarse este miércoles 31.

​Según información proporcionada por el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (Sence) en su sitio web, aquellas mujeres que presentaron su postulación en septiembre de 2023 podrán acceder a su primer pago este mes, siempre y cuando su solicitud haya sido exitosa. Además, las trabajadoras que mantengan vigente su beneficio durante enero también recibirán el aporte.

​Es esencial destacar que este bono tiene una vigencia de cuatro años. Para ser elegible, la postulante debe tener entre 25 y 59 años y 11 meses, trabajar de manera dependiente o independiente, y pertenecer al 40% de las familias más vulnerables según el Registro Social de Hogares (RSH). Existe un límite de renta, determinado por la modalidad de pago elegida.

​Una característica relevante es que la postulación puede realizarse durante todo el año, y los pagos se pueden recibir de manera mensual o anual. En el caso de optar por la segunda modalidad, los fondos suelen pagarse en agosto. Sin embargo, es crucial destacar que las rentas deben ser inferiores a $7.278.446 anuales para la modalidad anual y menores a $606.537 brutos mensuales para la modalidad mensual.

​En cuanto al pago mensual, este varía según las rentas de las beneficiarias. A continuación, se especifica cómo se distribuyen los montos:

  • ​Si la renta mensual es igual o inferior a $269.572, el monto oscila entre $1 y $40.436.
  • Si la renta mensual es superior a $269.572 e igual o inferior a $336.965, el monto se acerca a $40.436.
  • Si la renta mensual supera los $336.965 y es inferior a $606.539, el monto puede variar entre $40.436 y $1.
Ricardo Yáñez
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