Sólo como dato te contamos que desde junio los empleadores tienen la obligación de contratar y financiar un seguro de vida por coronavirus y un seguro de salud, a todos sus trabajadores que estén bajo modalidad presencial, ya sea total o parcial.
También se considera excepcionalmente a trabajadores que realicen sus funciones mediante teletrabajo y que posean alto riesgo o vulnerabilidad ante cuadros graves de Covid-19; es decir, adultos mayores de 60 años y personas con enfermedades crónicas.
Básicamente el seguro lo que busca es “financiar o reembolsar los gastos de hospitalización y rehabilitación a cargo del trabajador, asociados a la enfermedad”.
Sumado a esto quedan excluidos de la medida los trabajadores que tengan modalidad de trabajo exclusiva a distancia o teletrabajo.
De igual forma el Seguro Obligatorio Covid-19 se aplica tanto para afiliados con Fonasa como Isapres.
Lo que no cubre: