El Presidente del República dio a conocer el registro de deudores morosos por pensión de alimentos. “Hoy vamos a dar un importante paso adelante para hacer justicia a esos niños, adolescentes y a esas madres”, enfatizó.
“Presentamos al país el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, que va a ser electrónico, de fácil acceso para quienes corresponda y va a estar a cargo del Registro Civil y de Identificación”, agregó.
Según explicó el objetivo de esta ley es “ayudar a esas madres, hijos y adolescentes obligando a los padres a cumplir con sus deberes y terminando con la impunidad en el no pago de las pensiones de alimentos”.
“Esta ley les va a hacer la vida muy difícil a los padres que quieran seguir evadiendo sus obligaciones con sus propios hijos”, manifestó.
¿Quiénes van a estar en el registro?
Según el mandatario, los padres que no paguen la pensión de alimentos por tres meses seguidos o por cinco meses no consecutivos.
Restricciones
- Los deudores que soliciten créditos bancarios o devolución de impuestos, se les va a retener una parte de esos ingresos para pagar la pensión de alimentos.
- Deudores que intenten vender un inmueble o vehículo solo podrán hacerlo si se acredita el pago de la pensión.
- Aquellos que sean contratados o ascendidos por el Estado, Poder Judicial o el Congreso, los gerentes generales, directores de sociedades anónimas, las personas con contrato de honorarios y los pensionados, se les retendrá parte de sus ingresos para pagar la pensión de alimentos.
- Parlamentarios, consejeros regionales, alcaldes y concejales o cualquier autoridad que pretenda ser electa popularmente deberá autorizar en forma previa a la asunción de su cargo, si es deudor, la retención de parte de sus ingresos para pagar la pensión de alimentos.
- Los deudores no recibirán beneficios del Estado, ni sacar licencia de conducir o pasaporte.
- Deudores despedidos deberán destinar parte de su indemnización al pago de la pensión de alimentos.