Este lunes 14 de enero comenzaremos el día con una importante restricción vehicular debido al aumento creciente de nuevos contagios, la idea es disminuir la movilidad social sobre todo en las comunas de Talca, Curicó y Linares, por ello en estas ciudades comenzará a regir este sistema.
A contar de la fecha indicada se prohibirá la circulación de todo tipo de vehículos motorizados, de dos o más ruedas cuyo límite urbano se encuentra determinado en el Plan Regulador Comunal vigente, entre las 09:30 hasta las 18:00, en base a la siguiente numeración:
a) Lunes: No podrán circular vehículos cuya patente terminen en los dígitos: 0-1.
b) Martes: No podrán circular vehículos cuya patente terminen en los dígitos: 2-3.
c) Miércoles: No podrán circular vehículos cuya patente terminen en los dígitos: 4-5.
d) Jueves: No podrán circular vehículos cuya patente terminen en los dígitos: 6-7.
e) Viernes: No podrán circular vehículos cuya patente terminen en los dígitos: 8-9.
f) Sábado: No podrán circular vehículos cuya patente terminen en número par.
g) Domingo: No podrán circular vehículos cuya patente terminen en número impar.
Por otro lado hay un montón de dudas con respecto a esta nueva normativa, aquí esperamos dar respuesta a alguna de ellas:
El permiso laboral es a la persona y la restricción al vehículo. Puedes circular antes de las 09:30 y después de las 18:00 sin problema.
La persona puede trasladarse pero no en vehículo con restricción.
No, es para todos ya que es una medida que busca reducir movilidad y no tiene relación con contaminación ambiental.
Hasta el cambio de fase de las comunas donde se aplica ya que está planificado para comunas en fase 1 y 2.
Quedarán exceptuados de la prohibición los vehículos de: emergencia, fiscales o de uso fiscal, destinados a las faenas de limpieza de calles, de servicios funerarios, de reparto de mercadería, de transporte público de pasajeros, urbanos, rurales e interurbanos, de transporte privado remunerado de pasajeros, taxis básicos y sus modalidades, taxis colectivos dentro de su recorrido habitual, y los de transportes de carga.
Asimismo, quedarán exceptuados de la prohibición los vehículos particulares que trasladen personal de salud público o privado, con su debida acreditación y vehículos particulares que trasladen personas o pacientes que requieran realizar un tratamiento médico en un centro de salud, con su debida acreditación, y personal de bomberos que concurra a una emergencia, situaciones que se acreditarán con la credencial de la respectiva institución.
El 0 se considera Par para restricción.
Quedan exentos.
Quedan exentos.
Estarán incluidos en modificación de la resolución, no tendrán restricción.
Quedan exceptuados porque son transportes privado remunerado.
Foto: El Heraldo